En cumplimiento Artículo 50º. Ley 361 de 1997, Artículo 5° Ley 1145 de 2007, del DNP (DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION), LA NORMA TÉCNICA NTC COLOMBIANA 4595 (INGENIERÍA CIVIL Y ARQUITECTURA. PLANEAMIENTO Y DISEÑO DE INSTALACIONES Y AMBIENTES ESCOLARES, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL) y como oportunidad de bienestar, seguridad y accesibilidad educativa a los alumnos en condiciones particulares o limitaciones; la institución educativa realizó la construcción del ascensor en la sede 2, aproximadamente en el mes de agosto, este cuenta con las especificaciones necesarias de funcionamiento y está a disposición de uso a partir de la fecha.